ICONOS FINALES-TRAZADOS

Tributación de la lotería de Navidad

Los premios de lotería están exentos hasta 40.000 euros

Tributación de la lotería de Navidad

Si ha adquirido algún décimo para el sorteo de Navidad de la Lotería Nacional, no olvide que los premios de Loterías y Apuestas del Estado, comunidades autónomas, ONCE, Cruz Roja Española y entidades análogas europeas tributan en el IRPF a un tipo fijo del 20%. 

A estos efectos, los perceptores de estos premios soportan una retención por dicho porcentaje que debe practicarles el organismo pagador del premio, es decir, la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado (SELAE).

No obstante, dicha tributación sólo afecta a los premios cuyo importe íntegro supere los 40.000 euros, que tributan por la cuantía que exceda de dicho límite (hasta 40.000 euros, gozan de exención). 

Esta exención se aplica de forma independiente respecto de cada décimo, fracción o cupón de lotería o apuesta premiado. Así pues, en el caso de premios compartidos (grupo de amigos o parientes, peñas, cofradías...) en los que el premio se reparte entre todos los participantes, los 40.000 euros exentos se deben repartir entre todos los beneficiarios en proporción a su porcentaje de participación.

Por ejemplo, si usted y un amigo juegan a medias un décimo de Lotería de Navidad que resulta premiado con 50.000 euros, a cada uno le corresponderán 25.000 euros, de los que 20.000 estarán exentos. En este caso, su tributación individual será de 1.000 euros: (25.000 - 20.000) x 20% (el neto que percibirá cada uno será, por tanto, de 24.000 euros).

Nuestros profesionales resolverán las dudas que se le planteen respecto la tributación de los premios de loterías y apuestas.

 

 

 

 

 

 

Solicitud de contacto!

Protección de datos personales.

Responsable del tratamiento: AFIN CONSULTING, S.L., B53042982
CALLE DIANA 46 , DENIA

La finalidad del tratamiento de sus datos es dar respuesta a sus consultas y/o solicitudes de información, en base a su consentimiento, facilitado al aportar sus datos (artículo 6.1.a, RGPD)
Usted puede hacer valer los siguientes derechos sobre sus datos,

  • Derecho de información, acceso, de rectificación, de oposición, de supresión ("al olvido"), de limitación del
    tratamiento, de portabilidad, de no ser objeto de decisiones individuales automatizadas.
  • Recuerde que ejercitar sus derechos es gratuito. También puede usted presentar una reclamación ante la
    autoridad de control.

Puede usted acceder al aviso legal y a la información completa aqui


Desliza para activar el botón